26.8.06

jueves, 26.08.1806 – contesta Liniers

Beresford, acompañado de los oficiales Tolley y Arbuthnot, visita a Santiago de Liniers en su casa. El héroe de la Reconquista le hace saber que lamentaba la detención de las tropas inglesas y que esa decisión iba contra su voluntad. Tras la visita de Beresford, Liniers convocó a un consejo de guerra y todos los oficiales de su fuerza estuvieron de acuerdo con el canje de prisioneros y el embarco de los ingleses. Esa misma noche, Liniers comunicó esta decisión a Sobremonte. También, esa noche, responde la carta de Beresford del 24 de agosto:

“Quando se trató de usar de los derechos de la Guerra y preparar el ataque de las fuerzas de V.S. que ocupaban esta capital, acepté con tanto más gusto esta gloriosa empresa, quanto más alto concepto tenía formado del Caudillo con quien había de lidiar; vine efectivamente, ataqué a V.S. y la fortuna de las Armas me faboreció; después de dos horas del combate más empeñado, V.S. arboló bandera de Parlamentaria, la que antes de haber tratado de ningun punto de Capitulación, arrió, hizando la Española. De este modo, salió V.S. del Fuerte y encontrandose conmigo me preguntó que condiciones concedía, y habiendome apuntado sus intenciones, le dixe que en primer lugar le concedía todos los honores de la Guerra, y que los Oficiales quedarían con sus Armas, obsequio devido al valor con que se habían defendido, y muy propio de la generosidad acrisolada de la Nación cuyas Tropas tenían el honor de mandar: por una serie de estos mismos principios, condescendí a las propuestas anteriores de V.S., pero habiendo tratado de formalizar un acuerdo de condiciones en Inglés, y en Español, los firmé con la restricción de la subordinación de mis facultades de que había impuesto a V.S. en nuestras conferencias vervales. Efectivamente, contra mis más ferborosos deseos de complacerle, é hallado tanto en los jefes de la Provincia como en el Pueblo, una oposición irresistible al cumplimiento de mis deseos y de los de V.S., y en este asunto pende de la Superioridad de la Provincia, ante la qual esfuerzo el cumplimiento de las expresadas condiciones.
De esta relación de hechos constantes, deducirá V.S. que en qunato esté de mi parte, propenderé al Cumplimiento de las Condiciones que concendí a V.S. con lo que se evitarán los riegos que recela, pero que siendo un Oficial subalterno de la Provincia, habrá de pasar, aunque sea contra mis deseos, por lo que mi Superior me ordena. Y es quanto puedo contestar a sus oficios relativos a este asunto, que no he satisfecho antes por quererlo hacer anunciandole una resolución terminante.
Dios guarde…”